Tras años de intenso debate, la DGT ha establecido que los menores de edad con una altura inferior a 1,36 metros deberán viajar en el asiento trasero, tal como lo señala el artículo 117 en la reforma del Reglamento de Circulación. Una medida acertada que se refuerza con la obligatoriedad de utilizar sistemas de retención infantil homologados, blindando así la seguridad de los infantes, que tienen un mayor peligro en caso de siniestro.
Es oficial: los menores deberán viajar en el asiento trasero bajo multa de 200€
Publicado el Martes, 13 de octubre de 2015